Programa de incentivos para microrredes
Financiar microrredes comunitarias limpias que satisfagan las necesidades críticas de las poblaciones vulnerables con mayor probabilidad de verse afectadas por los cortes de suministro eléctrico.
El plazo para presentar solicitudes al programa MIP de SDG&E ya ha finalizado.
El plazo para presentar solicitudes de incentivos para el programa MIP (MIP Application Incentive Request, AIR) de SDG&E finalizó el 22 de noviembre de 2024.
Acerca del Programa
El 21 de enero de 2021, la Comisión de Servicios Públicos de California (CPUC) emitió la Decisión D.21-01-018. Entre otros puntos, esta decisión aprobó 200 millones de dólares en todo el estado para un nuevo Programa de Incentivos para Microrredes (MIP, por sus siglas en inglés) destinado a financiar microrredes de energía limpia que satisfagan las necesidades críticas de las poblaciones vulnerables afectadas por los cortes de suministro eléctrico.
Tres grandes empresas de servicios eléctricos —San Diego Gas & Electric Company (SDG&E), Pacific Gas and Electric Company (PG&E) y Southern California Edison Company (SCE)— organizaron conjuntamente una serie de talleres con las partes interesadas durante el verano de 2021 para ayudar a dar forma al desarrollo de un Plan de Inversión Municipal (MIP, por sus siglas en inglés) que fue aprobado a principios de 2021 por la Comisión de Servicios Públicos de California (CPUC).
Tras incorporar las sugerencias recibidas en los talleres, las empresas de servicios públicos presentaron el Plan de Implementación del Programa de Incentivos para Microrredes de San Diego Gas & Electric Company, Pacific Gas and Electric Company y Southern California Edison Company el 3 de diciembre de 2021. Las partes presentaron sus comentarios iniciales sobre el plan el 14 de enero de 2022 y sus comentarios de respuesta el 28 de enero de 2022. El 7 de julio de 2022, un juez administrativo emitió una resolución solicitando comentarios sobre la propuesta del personal del MIP. Las partes presentaron sus comentarios y comentarios de respuesta en agosto de 2022.
El 9 de febrero de 2023, la CPUC emitió una propuesta de decisión sobre el plan de implementación del MIP para adoptar las normas de implementación. Los comentarios y las respuestas de las partes se presentaron en marzo de 2023.
El 14 de abril de 2023, la CPUC emitió la Decisión Final D.23-04-034 para orientar la instalación de microrredes comunitarias en comunidades vulnerables desfavorecidas (DVC, por sus siglas en inglés) con el fin de apoyar a las poblaciones afectadas por los cortes de la red eléctrica.
Calendario de solicitudes del MIP
Las consultas sobre resiliencia del programa MIP estarán disponibles a partir del 2 de enero de 2024. Complete el formulario de consulta sobre resiliencia (disponible a continuación) y envíelo a [email protected] Una vez recibido el formulario, un representante del programa se pondrá en contacto con usted para programar una videoconferencia por Microsoft Teams para la consulta inicial sobre resiliencia.
Las consultas técnicas del MIP estarán disponibles a partir del 16 de enero de 2024. Complete el formulario de consulta técnica (próximamente disponible) y envíelo a [email protected] Una vez recibido el formulario, un representante del programa se pondrá en contacto con usted para programar la consulta técnica sobre microrredes.
El plazo para presentar solicitudes de incentivos para la aplicación del MIP (MIP Application Incentive Request, AIR) se abrió el 14 de octubre de 2024 y se cerró el 22 de noviembre de 2024.
Intención del programa
El MIP tiene como objetivo proporcionar financiación que apoye, entre otras cosas, lo siguiente:
- Elaborar un plan de ejecución del programa que describa las directrices del programa, los criterios de elegibilidad y puntuación de los proyectos, y el proceso de implementación del programa.
- Establecer criterios de elegibilidad para el programa a fin de garantizar que los incentivos se distribuyan de acuerdo con el plan de implementación aprobado por la CPUC.
- Revisar las propuestas de proyectos y distribuir incentivos a los proyectos que cumplan los requisitos.
El MIP pretende alcanzar los siguientes objetivos y metas:
- Aumentar la fiabilidad del suministro eléctrico para las instalaciones públicas críticas en las comunidades que corren un mayor riesgo de sufrir cortes de electricidad en los próximos cinco años y que históricamente han tenido un menor nivel de fiabilidad eléctrica.
- Dar prioridad a las comunidades con una mayor proporción de residentes de bajos ingresos, residentes con necesidades funcionales y de acceso a servicios básicos, y personas que dependen de la electricidad.
- Capacitar a las comunidades con menor capacidad para que autofinancien el desarrollo de sistemas de generación de respaldo y así mantener los servicios comunitarios esenciales durante los cortes de suministro eléctrico.
Financiamiento del programa
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Presupuesto del programa |
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ODS y E |
$17,460,000 |
Elegibilidad del programa
Para poder optar al MIP, una parte del proyecto de microrred comunitaria propuesto debe estar ubicada geográficamente en un área que sea (A) vulnerable a cortes de energía y se considere una (B) comunidad vulnerable desfavorecida (DVC) y/o una (C) instalación comunitaria que preste servicios a una DVC.

A. Vulnerable a interrupciones del servicio
Se requiere que una parte de una microrred comunitaria MIP elegible esté ubicada geográficamente en un área con mayor riesgo de cortes de electricidad, ya sea:
- Distrito de alto riesgo de incendios de nivel 2 o 3 (HFTD);
- Ubicación donde se haya producido previamente un corte de energía por motivos de seguridad pública (PSPS, por sus siglas en inglés);
- Ubicación propensa a terremotos fuertes y destructivos; o
- Ubicación con niveles históricos más bajos de confiabilidad del suministro eléctrico, definida como uno de los circuitos con peor desempeño (dentro del 1% superior) en el sistema de la compañía eléctrica, según los informes anuales de confiabilidad eléctrica de servicios públicos de los dos años anteriores.
B. Comunidad vulnerable desfavorecida
Para ser considerada una comunidad vulnerable desfavorecida (CVD), la comunidad debe cumplir al menos uno de los siguientes criterios:
- Tener zonas censales con un ingreso familiar medio inferior al 60% del ingreso medio estatal;
- Ser una comunidad tribal reconocida;
- Ser una comunidad que se encuentre dentro del 25% de los distritos censales más desfavorecidos, según lo identificado en la versión actual de CalEnviroScreen al momento de presentar la solicitud; o
- Ser identificada como Área Rural por la Administración de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos (HHSA).
C. Instalación comunitaria que presta servicios a una persona con discapacidad.
El propósito principal de una instalación comunitaria elegible debe ser servir a una DVC geográfica, según lo certifique el gobierno local o la comunidad tribal (según corresponda) con jurisdicción sobre el área. Una instalación elegible incluye:
- Instalación crítica, según la definición de la CPUC;[ 1 ] or
- Instalación que presta importantes servicios de resiliencia comunitaria, según lo atestigua el gobierno local o la autoridad local con jurisdicción sobre la zona.
Programa de subvenciones para la equidad y el acceso
Visite el sitio web de la Comisión de Servicios Públicos de California (CPUC) para obtener información sobre la financiación de microrredes comunitarias a través del Programa de Subvenciones para la Equidad y el Acceso.
¿Qué es una microrred?
De conformidad con el Proyecto de Ley del Senado 1339, la definición legal de una microrred es:
un sistema interconectado de cargas y recursos energéticos, que incluye, entre otros, recursos energéticos distribuidos, almacenamiento de energía, herramientas de respuesta a la demanda u otras herramientas de gestión, previsión y análisis, dimensionado adecuadamente para satisfacer las necesidades del cliente, dentro de un límite eléctrico claramente definido que puede actuar como una entidad única y controlable, y que puede conectarse y desconectarse o funcionar en paralelo con porciones más grandes de la red eléctrica, o puede gestionarse y aislarse para soportar perturbaciones mayores y mantener el suministro eléctrico a la infraestructura crítica conectada.
El Departamento de Energía define las microrredes como “un grupo de cargas interconectadas y recursos energéticos distribuidos dentro de límites eléctricos claramente definidos que actúan como una única entidad controlable con respecto a la red eléctrica. Una microrred puede conectarse y desconectarse de la red para operar tanto conectada a la red como en modo aislado”.
En términos más sencillos, una microrred es una instalación de generación de electricidad (compuesta por uno o más generadores y/o dispositivos de gestión de carga) con capacidad para operar y satisfacer (i) las necesidades eléctricas de un cliente cuando está aislada del sistema de distribución de la compañía eléctrica, o (ii) las necesidades eléctricas de varios clientes cuando una parte del sistema de distribución de la compañía eléctrica está aislada del resto del sistema eléctrico de la compañía. El programa MIP solo está disponible para microrredes que utilizan instalaciones propiedad de la compañía eléctrica y que prestarán servicio a varios clientes.
La compañía eléctrica debe revisar todos los proyectos de microrredes para garantizar que estas sean capaces de alimentar cargas críticas cuando se desconecten del sistema de distribución principal. Al desconectarse del sistema de distribución principal, la compañía eléctrica operará la microrred para garantizar que los clientes reciban un servicio seguro y confiable.
Más Información
Visite nuestra página sobre microrredes para obtener más información sobre cómo SDG&E está modernizando la red eléctrica para lograr una mayor resiliencia de la comunidad.
Para suscribirse a nuestra lista de correo, envíe un correo electrónico a [email protected].
Para obtener más información sobre este procedimiento, visite cpuc.ca.gov/resiliencyandmicrogrids.
Preguntas frecuentes sobre microrredes comunitarias
La Autoridad de Microredes Comunitarias (CMG, por sus siglas en inglés) es la entidad que representa a la comunidad que busca desarrollar una microrred comunitaria. Esta entidad recibe el incentivo y asume las obligaciones del contrato que rige el desarrollo y la operación de la microrred durante la vigencia del mismo. La comunidad seleccionará a esta entidad y notificará a la compañía eléctrica su elección durante el proceso de consulta. La entidad puede ser la propia comunidad, individuos o grupos de individuos, un consultor, un desarrollador u otro tercero.
Los distintos elementos de una microrred comunitaria son propiedad de distintas entidades. Los recursos de la Autoridad de la Microrred Comunitaria (CMG), como los sistemas solares fotovoltaicos (FV) y las baterías, y cualquier otra instalación del lado del cliente del medidor que se requiera para poner en funcionamiento la microrred comunitaria (instalaciones de equilibrio del sistema, como los controladores de planta), pueden ser propiedad de:
- La comunidad
- Un agregador de elección comunitaria (CCA)
- Otro tercero
SDG&E, como operador del sistema de distribución, será responsable de cualquier mejora necesaria en su sistema para operar la microrred comunitaria de forma segura y fiable. Dichas mejoras pueden incluir nuevas instalaciones de distribución necesarias para la interconexión de los nuevos recursos de la Autoridad de Microrred Comunitaria (CMG Authority Resources) y las instalaciones especiales de la microrred, como el controlador y los dispositivos de aislamiento de la red.
La Autoridad CMG es responsable de todos los costos asociados con la operación y el mantenimiento de las instalaciones de su propiedad y bajo su control, de conformidad con las disposiciones del Acuerdo Operativo de Microred (MOA).
Preguntas frecuentes sobre el funcionamiento de las microrredes comunitarias
La interconexión de cada recurso de la Autoridad CMG (por ejemplo, sistema fotovoltaico solar, batería) requiere la presentación de una solicitud de interconexión de generador y la formalización de un Acuerdo de Interconexión. Esto se realiza conforme a la Regla Eléctrica 21 (si el recurso de la Autoridad CMG no tiene previsto participar en el mercado mayorista del Operador Independiente del Sistema de California (CAISO)) o la Tarifa de Acceso a la Distribución Mayorista (WDAT) (si el recurso de la Autoridad CMG tiene previsto participar en el mercado mayorista de CAISO). El proceso de interconexión se gestiona de forma independiente del proceso de desarrollo de la microrred y puede llevar bastante tiempo. Invertir tiempo durante el proceso de consulta para dimensionar adecuadamente la microrred e identificar los recursos necesarios facilitará el desarrollo oportuno de la misma, ya que puede evitar retrabajos y minimizar el riesgo de solicitudes de interconexión incompletas.
Sí. Los recursos de la Autoridad CMG, como un sistema fotovoltaico solar IFM y una batería, pueden participar en los mercados mayoristas de energía y servicios relacionados, tanto cuando la microrred opera en paralelo con la red principal ("Modo Cielo Azul") como cuando está desconectada de la red principal ("Modo Isla").
Si bien la microrred comunitaria permitirá a SDG&E brindar un mayor nivel de confiabilidad de servicio a los clientes dentro de su perímetro (es decir, proporcionar servicio eléctrico cuando el sistema eléctrico principal sufre un corte de energía), no es posible prever ni prepararse para todas las circunstancias posibles que podrían provocar que los clientes dentro de su perímetro se queden sin energía. Por ejemplo, si un recurso de la Autoridad CMG sufre una interrupción no planificada durante la operación en modo isla, SDG&E podría no ser capaz de mantener una frecuencia y un voltaje aceptables, y la microrred comunitaria podría sufrir un corte de energía. Otro ejemplo es si un vehículo entra en contacto con una instalación de SDG&E durante la operación en modo isla. Los posibles daños a las instalaciones de SDG&E podrían provocar que la microrred comunitaria se quede sin energía.
En condiciones ideales, el cliente no experimentará una interrupción del servicio cuando la microrred pase del modo Blue Sky al modo Island. Sin embargo, puede haber circunstancias en las que sea necesaria una breve interrupción para realizar la transición.
No. El propósito de una microrred comunitaria es proporcionar resiliencia energética cuando la red principal falla. Por lo tanto, la mayor parte del tiempo la microrred opera en paralelo con la red principal ("Modo Cielo Azul"). Para la seguridad y confiabilidad de la red, y debido a que SDG&E tiene la obligación de proporcionar servicios de distribución a todos sus clientes, la empresa (i) determinará cuándo la microrred comunitaria se aislará del sistema de distribución principal (transición del Modo Cielo Azul al Modo Isla), (ii) coordinará la operación de la microrred con la Autoridad de CMG en Modo Isla, y (iii) determinará cuándo reconectar la microrred al sistema de distribución principal (transición del Modo Isla al Modo Cielo Azul).
No. Los clientes dentro de la microrred continuarán recibiendo servicio como clientes de SDG&E, Agregador de Elección Comunitaria (CCA) o Acceso Directo (DA) y se les facturará de acuerdo con el plan tarifario que hayan seleccionado.
Sí. Las comunidades atendidas por una CCA o un proveedor de DA pueden desarrollar una microrred comunitaria. Las CCA y los proveedores de DA adquieren electricidad en nombre de sus clientes. Sin embargo, en todos los casos, SDG&E, como proveedor de servicios de distribución, entrega esta energía a los clientes de las CCA y los proveedores de DA. Este servicio de entrega se proporciona a los clientes dentro del perímetro de la microrred tanto en modo Blue Sky como en modo Island.
Los recursos de CMG Authority, como un sistema de almacenamiento de energía con baterías IFM, pueden participar en los mercados mayoristas de energía y servicios relacionados tanto en el modo "Blue Sky", cuando la microrred está conectada a la red principal, como en el modo "Island". Sin embargo, estos recursos no venden energía directamente a los clientes dentro de los límites de la microrred en ningún momento. Los clientes seguirán recibiendo el servicio de SDG&E, un CCA o un proveedor de DA tanto en el modo "Blue Sky" como en el modo "Island".
Preguntas frecuentes sobre la financiación del Programa de Incentivos para Microrredes (MIP)
Los fondos de incentivo del MIP reembolsarán a la comunidad los costos de sus recursos frente al medidor (IFM) y la reconfiguración de ciertas instalaciones detrás del medidor (BTM). La comunidad paga, con algunas excepciones, las mejoras y adiciones en el lado del cliente del medidor. Los usuarios de SDG&E pagan los costos de las mejoras a las instalaciones de SDG&E hasta el monto de los fondos del MIP. Los costos que superen los fondos del MIP serán pagados por la comunidad o el propietario del recurso, según corresponda.
El proceso de solicitud del MIP consta de varias etapas. Consulte la página 13 del manual del MIP para obtener más información sobre el proceso de solicitud.
No. La CPUC ha determinado que el costo de los recursos BTM no puede ser reembolsado con fondos MIP . Además, la CPUC ha especificado que el MIP solo está disponible para comunidades compuestas por al menos dos propiedades conectadas por instalaciones de distribución propiedad de la empresa de servicios públicos. Las microrredes de un solo cliente no son elegibles para el MIP.
La cuenta de subvenciones para el acceso a la energía limpia (CEA, por sus siglas en inglés) otorgará subvenciones de hasta 500,000 dólares para proyectos que aborden el acceso o la formación sobre el Programa de Incentivos para Microrredes (MIP, por sus siglas en inglés) y otros programas de energía limpia.
Debido a la naturaleza altamente técnica del MIP, la CPUC brindará asistencia técnica. Un experto en energías limpias proporcionará asistencia técnica según las necesidades de los solicitantes y beneficiarios.
Para solicitudes de asistencia técnica relacionadas con la cuenta de la subvención CEA, comuníquese con la Oficina de Relaciones con Empresas y la Comunidad en [email protected].