Generación de clientes en SDG&E

Avisos importantes sobre la interconexión de generación
Avisos de CAISO:
El próximo período de tiempo disponible para la presentación de solicitudes de interconexión en el marco del proceso de estudio de clústeres de CAISO será del 1 al 15 de octubre de 2026.
Avisos de SDG&E WDAT
Como resultado de la aprobación por parte de la FERC de la presentación de cumplimiento de SDG&E sobre la Orden n.° 2023, el próximo período de solicitud de interconexión para el Proceso de Estudio de Clústeres de WDAT (similar al de CAISO) será del 1 al 15 de octubre de 2026. A partir del 15 de agosto de 2024, ya no se aceptarán solicitudes de interconexión para el Proceso de Estudio Independiente (ISP). SDG&E continuará aceptando solicitudes de interconexión de WDAT para los procesos de Vía Rápida y Estudio de Clústeres, según lo establecido en los Procedimientos de Interconexión de Generadores (GIP) de WDAT.
Avisos de la Regla 21 de SDG&E
Descripción general de la interconexión de generación
Cualquier entidad que busque interconectar una instalación propuesta de generación o almacenamiento de energía al sistema de transmisión o distribución de SDG&E, ya sea un propietario de vivienda, el contratista de energía del propietario o un desarrollador externo de instalaciones de generación/almacenamiento, es considerado un Cliente de Interconexión (IC) por SDG&E.
Los IC pueden encontrar la siguiente presentación titulada “Generación 101” serviciales
El lugar donde se realizan/envían las solicitudes de interconexión depende de varios factores, entre ellos los siguientes:
¿Dónde se interconecta la instalación?
- al sistema de transmisión de SDG&E o
- al sistema de distribución de SDG&E
¿Cómo espera el propietario/operador de la instalación que se le pague por la energía/almacenamiento que genera?
- A SDG&E únicamente a través del programa de adquisiciones o del Acuerdo de Compra de Energía, o
- A un comprador de energía independiente mediante un Acuerdo de Compra de Energía, o
- A un participante en el Mercado de Energía de California administrado por el Operador del Sistema Independiente de California (CAISO)

Si la instalación de generación/almacenamiento propuesta se interconecta al Sistema de Transmisión de SDG&E, vendiendo a un comprador de energía independiente o al mercado CAISO, la interconexión se realiza directamente a CAÍSO .
Si se interconecta con el sistema de distribución de SDG&E, venda a SDG&E bajo un programa o PPA.
- Sistemas solares residenciales en tejados, sistemas solares + almacenamiento o almacenamiento independiente bajo la Plan de facturación solar El programa, la interconexión se realiza con SDG&E utilizando el portal de interconexión en línea.
- Las instalaciones de generación/almacenamiento que no son NBT (sujetas a la Regla 21 de California), ya sean proyectos exportadores o no exportadores, se interconectan con SDG&E utilizando el portal de interconexión en línea.


Si se interconecta con el Sistema de Distribución de SDG&E, vendiendo a un comprador de energía independiente o al mercado CAISO al por mayor (sujeto a la Tarifa de Acceso a la Distribución Mayorista de SDG&E, o WDAT), la interconexión se realiza con SDG&E utilizando el portal de interconexión en línea.
Para obtener información detallada sobre las normas y procedimientos de interconexión
Utilice los siguientes enlaces para explorar con más detalle las normas y tarifas de interconexión:
Procedimientos de interconexión de CASIO
Procedimientos tarifarios del plan de facturación solar
Regla 21 Procedimientos de interconexión
Procedimientos de interconexión WDAT
Otra información importante relacionada con la interconexión
Cola de interconexión WDAT de SDG&E
Cola de interconexión combinada WDAT y Regla 21 de SDG&E
Manual de interconexión de SDG&E